lunes, 25 de febrero de 2013

Relatoria Fecha: 6 de febrero de 2013


Relatoría

Fecha: 6 de febrero de 2013

Al iniciar la clase la Doctora Ana María García nos muestra el nuevo blog del semestre que fue creado por Alejandro donde podremos participar subiendo las tareas y comentar acerca de un tema determinado, seguido de esto David y Natalia que eran los relatores de la clase del 30 de enero proceden a dar la relatoría y asigna quien debe participar con cada una de las tareas correspondientes.
Cada uno/a participa y surge de la palabra asertividad el concepto de  auto concepto  y luego aclara algunos términos como lo fueron tetrarquía, ley XII tablas, plebiscitos y referendo, curía  y clases de magistraturas que se dieron en la república
Terminando con el primer módulo en el cual tratamos acerca de las generalidades del derecho romano, comenzamos con el segundo módulo en el cual se tratara acerca del régimen de las personas y familias
Temas
1.    ¿QUE ES LA PERSONA Y CUALES SON LOS TIPOS DE PERSONA?
-         SURGE EN EL TEATRO ( MASCARAS)
-         SUJETOS DE DERECHO QUE POSEEN CAPACIADAD DE GOCE: APTITUD
CAPACIDAD DE EJERCICIO: DERECHOS Y DEBRES
-         PERSONA NATURAL Y JURÌDICA 
2.    ¿QUE ES EL  STATUS Y CUALES SON?
-         ES EL COMPONENTE DE LA PERSONALIDAD
-         STATUS LIBERTATIS
-         STATUS CIVITATIS
-         STATUS FAMILIA
3.    ¿QUE ES EL CAPITIS DEMINUTIO Y CUANTOS HAY?
-         CUANDO SE DEGRADA LOS TRES STATUS
-         MAXIMA, MEDIA Y MINIMA
4.    ¿QUE SON LAS JUSTAS NUPCIAS Y QUE ACTOS SE DEBEN REALIZAR PARA OBTENER LA  POTESTAD MARITAL?
-         ES UN CTO SOCIAL  QUE NO CONLLEVA UNA POTESTAD MARITAL
-         CONFERACTIO: RITO SOLEMNE QUE REALIZAN LOS CIUDADANOS ROMANOS
-         COEMPTIO: ACTO JUIRÌDICO DE CARÁCTER CIVIL, VENTA SIMBOLICA
-         USUS: ES LA FORMA MAS SIMPLE PUES SOLO SE NECESITA VIVIR POR UN AÑO CON EL ESPOSO PERO ESTE AÑO DEBE SER PERMANENTE
-         IUS TRINOCTUM: EL DERECHO A AUSENTARSE TRES NOCHES DEL HOGAR ANTES DE CUMPLIR EL AÑO, COMO SIMBOLO DE NEGAR EL USUS

Realizo  dos quizes el primero acerca de las lecturas y el otro de lo que se vio en clase

Tareas individuales
1.    Christine: Nasciturus
2.    Isabella: cuando se entiende el la cuidad de roma que se es persona 


Tareas sociales

F    Que se entiende por autoconcepto y qué relación tiene con el autoestima
F    Profundizar en los tres status: status libertatis,status civitatis y status familia
F    ¿Qué es la dote y cuáles son los tipos de dote?
F    ¿Qué es un liberto?
F    ¿Qué es un alieni iuris?
F    ¿una persona que es esclavo puede volverse libre?, como?, cuantas clases hay?

RELATORIA MIERCOLES 13 DE FEBRERO DEL 2013


CLASE DERECHO ROMANO

1.    La clase inicia revisando la asistencia a clase.
2.    Se inicia la retroalimentación de la clase del día 6 de febrero del año en curso haciendo referencia a la temática de régimen de personas y familia haciendo referencia al concepto de persona, capacidades, formas de obtener la mano para posteriormente contraer justas nupcias: que se dividen en 3 clases:
·         CONFARREATIO: ceremonia religiosa
Elementos: pan de harina
                     Contrayentes
                     10 testigos púberes
                     Pontífice máximo
                    Lo podían ejercer los Patricios
·         COEMPTIO: acto jurídico de carácter civil
Elementos: 1 moneda de plata o de oro
                    5 testigos púberes
                    Lo podían ejercer patricios y plebeyos

·         USUS: cohabitación de la mujer en la casa del marido
             Un año conviviendo juntos
             Se podía evitar contraer la mano si la mujer se ausentaba 3         
              Noches antes de cumplir un año: IUS TRINOCIUM
 Hubo la intervención por parte de 7 estudiantes para discutir las tareas asignadas para ese día.
3.    Se dio inicio a la temática para esa clase y fue la continuación de régimen de personas y familia.
se vio el concepto de contrato, formas de hace un contrato, tocando el tema de los derecho patronales que se relacionan con las formas de manumissio; como lo son: SOLEMNES:
·          VINDICTA: adsertor libertatis tocaba al esclavo con la vindicta y estaban presentes el amo, un magistrado y el esclavo.
·         CENSU: se podía realizar cada 5 años y era en el caso que el amo contaba a un esclavo como parte de su familia.
·         TESTAMENTO: acto jurídico más o menos solemne mediante el cual el testador dispone de sus bienes para que tenga efecto cuando este muera y la libertad del esclavo este dentro de sus voluntades.
    MENOS SOLEMNES
·         PERMENSAM: se invita al esclavo a comer y ese era el signo de su libertad.
·         INTER AMICOS: el amo proclama la libertad del esclavo frente a 5 amigos.
·         PER EPISTOLA: por carta sin solemnidad donde dice que el esclavo puede ser libre.


4.    Se dio la definición de:
·         ESCLAVO: tiene connotación de cosa no de persona
                   No tiene patrimonio propio
                   No podían contraer justas nupcias
                   No tienen familia legítima
                   Carecen de derechos políticos.
·         PERSONA LIBRE: se rige bajo el derecho civil o de gentes
                               Persona natural
                                El feto no es persona.
5.    Abarcamos el tema de Status Civitatis:
PERSONA NATURAL:
·         personas que pueden ejercer el voto (IUS SUFRAGI)
·         pueden ejercer funciones publicas (IUS HONORARUM)
·         capacidad de vender- permutar (IUS COMERCIUM)
·         capacidad de contraer matrimonio(IUS CONNUBIUM)
·         acción de protección de propiedad (IUS VINDICATI)
·         capacidad jurídica de testar ( FACTIO TESTAMENTO)
PEREGRINO:
·         Dedictitios: extranjeros sometidos y resentidos
·         Aliados con Roma por tratados
·         Los latinos eran peregrinos privilegiados
·         LEX JUNIA NORBANO: no pueden caer en esclavitud
                    



6.    Se hizo la descripción de:

PATRIA POTESTAD: es un poder jurídico del pater familias como jefe y cabeza del núcleo familiar, ejerce poder sobre: vida, bienes y religión: (SACRA PRIVATA)
·         Extensión: hijos legítimos, agnados (vinculo civil por vía masculina), adoptados, mujer casada cun manus.
·         FAMILIA: conjunto de personas libres sometida al pater por lazos de dependencia y subordinación
CLASES DE PARENTESCO:
·         AGNATITIO: civil paterna
·         COGNATITIO: sangre materna
·         AFINIDAD: civil, conyugue o parientes.
Tienes una descripción por:
·         LINEA: RECTA: abuelo- padre- hijos ( unos de otros)
            OBLICUA: descienden de un mismo tronco común.
·         GRADO: computo de generación

7.    TAREAS:
·         Que es: profectitio,  adventitio,  castrense,  cuasi-castrense.
·         Como se adquiere y cuáles son las fuentes de la patria potestad.
·         Como se extingue la patria potestad
·         Que es inteligencia emocional
·         Que es MICEA


RELATORAS:
* LORENA SALAMANCA SANCHEZ
*LINA MARIA CANCINO PINZON

martes, 19 de febrero de 2013

¿CUANDO SE ES PERSONA PARA LA CIUDAD DE ROMA?


ISABELLA TOQUICA MARTINEZ

¿CUANDO SE ES PERSONA PARA LA CIUDAD DE ROMA?
TESIS PROCULEYANA, TESIS SABINIANA Y TESIS JUSTINIANA

El nacimiento se contrae a la total separación del individuo del vientre materno después de la vida intrauterina. El nacimiento vivo era algo distinto, sobre lo que hubo disímiles interpretaciones por parte de los proculeyana y sabinianos. Aquéllos estimaron que se hacía indispensable al respecto que el nacido dejara oír su voz (el grito emitido cuando el aire ingresa por primera vez a los pulmones), en tanto que los segundos consideraron suficiente cualquiera manifestación de vida, como ese mismo grito o un movimiento. Prevaleció la tesis proculeyana.
La viabilidad fue entendida como la posesión de las condiciones imprescindibles para subsistir, la cual se reputó como alcanzada por el feto después del sétimo mes de embarazo de la madre, aunque al evolucionar el derecho se admitió el término de 180 días.

La exigencia de la forma humana excluía de la personalidad a los monstruos, no obstante que la monstruosidad entrañara concepto muy relativo, dado que tocante a ella sería imposible precisar en dónde comienza y hasta dónde llega la forma humana.
Las reclamadas condiciones de viabilidad y forma humana desaparecieron de las legislaciones modernas, siendo por ello que nuestro Código Civil estatuye que es persona natural todo individuo de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición.[1]
Presupuestos del sujeto individual. Nacimiento
Para que el nacimiento tenga lugar hace falta res requisitos:
- El ser quede totalmente desprendido de la madre.


- Nazca vivo.

- Tenga forma humana.
Para los romanos el feto durante el embarazo era una parte del cuerpo de la madre. Por lo que respecta a la prueba de la vida, existía discusión entre las dos escuelas de jurisprudencia clásica:
- Para los sabinianos era suficiente con cualquier movimiento del cuerpo o por la respiración.
- Para los proculeyanos tenía que emitir algún grito.
En el caso de que el niño dejara de vivir poco después de la separación de la madre se tomaba como referencia el criterio de la capacidad de vida independiente. Para resolver este problema, se estableció la madurez en la estación y esa madurez se situó entre el séptimo y el décimo mes de gestación.
Con respecto a la forma humana las pequeñas deformidades no impedían la consideración del recién nacido como persona. Para facilitar la prueba de la existencia el emperador Augusto estableció mediante la ley, “leges Iulia et Papia poppaea”, estableció un registro de nacimiento estableciendo 30 días desde el arto para la inscripción.
A pesar de no reunir esto requisitos los romanos protegieron al nasciturus. En este caso trataban de proteger los intereses de la futura persona y los derechos posesorios. Admitían los romanos que la madre podía solicitar al magistrado un curator ventris, persona encargada de velar los intereses económicos del nasciturus.[2]

En la época del Derecho Clásico de comienzos del imperio (siglos I y II) la actividad de los juristas se hace intensa, gozando algunos de ellos, del ius publice responden di, que les daba valor legal a sus respuestas; y otros, sin gozar de tal privilegio, también emitían opiniones en los casos controvertidos, dependiendo su fuerza vinculante del prestigio del emisor.

Dos escuelas de Derecho florecieron en la Antigua Roma imperial: la de los sabinianos y la de los proculeyanos..
Los proculeyanos fueron más innovadores en materia política, más independientes, y más contestarios de la autoridad imperial, defendiendo las libertades de la época republicana. Sin embargo en materia jurídica no hay una distinción clara con respecto a la escuela de los sabinianos. Simplemente se agrupaban en una y otra escuela por afinidad entre maestros y discípulos.[3]

ESCUELA SABINIANA

La escuela Sabiniana estaba formada por juristas que se dedicaban al derecho como profesión, a diferencia de la escuela   Proculeyana que lo consideraba como un ejercicio libre de la nobleza.

Los sabinianos fueron conservadores, metódicos, y defensores de la  autoridad imperial.
El fundador de la escuela de los sabinianos fue Casio Ateyo Capitón, quien gozó del ius publice respondendi, otorgado por Augusto, por su obsecuencia, tanto para con este emperador, como para con su sucesor, Tiberio, por lo cual sus opiniones tuvieron fuerza de ley; y en el cursus honorum pudo alcanzar el Consulado. Sus obras, de poca importancia jurídica, fueron fundamentalmente de Derecho Público y Pontificio.

Capiton fue sucedido en la "jefatura" de su escuela por uno de sus discípulos.
Los sabinianos tomaron su nombre de Masurio Sabino, quien gozó del ius publice respondendi dado por el emperador Tiberio cuando ya tenía 50 años. Fue un humilde docente, de no tanta relevancia en materia jurídica, pero luego fueron conocidos como casianos, por uno de los estudiantes de Sabino, Casio Longino.


Los sabinianos basaban sus dictámenes en la doctrina de Gaio Ateio Capito, instructor de Sabino y un simpatizante del conservatismo en el reinado de César Augusto
Uno de los hechos más reprochables en la actitud de los sabinianos eran sus reflexiones legales conservadoras, según la escuela opositora a ellos, los proculeyanos. La rivalidad entre ellos Terminó cuando se unieron a finales del siglo

ESCUELA PROCULEYANA

El creador de esta escuela fué Marco Antistio Labeón (48 a. C-18 a. C. aproximadamente) un crítico de Augusto, sumamente culto, autor de gran cantidad de obras, que pudo solo alcanzar el cargo de pretor, y que se cree no obtuvo de Augusto el ius publice respondendi

Rivales de los sabinianos fueron los integrantes de la escuela de los proculeyanos, más liberales y que no gozaron del favor del emperador, por sus críticas a la concentración del poder, y la defensa a las instituciones republicanas.

DIFERENCIAS ENTRE SABINIANOS Y PROCULEYANOS

Una discusión importante entre sabinianos y proculeyanos, fue con respecto a cómo debía constatarse el nacimiento con vida de una persona.
Los proculeyanos sostenían que el recién nacido debía llorar, mientras los sabinianos consideraban probado el nacimiento con cualquier signo vital, comprobaba que el nacimiento había sucedido. Esta última fue la solución que tomó Justiniano  

El digesto de Justiniano dice que "estas dos fueron por vez primera escuelas diferentes, pues Ateyo (Capiton) perseveraba en la tradición en tanto Labeon por la calidad de su ingenio y la confianza de su doctrinaria dado que se había dedicado también a las demás obras de la sabiduría, comenzó a innovar muchas cosas."
También resulta un dato objetivo que los Proculeyanos tienen una marcada preferencia por la casuística, mientras que los sabinianos prefirieron un desarrollo más sistemático en sus obras.[4]

CONCLUSIÒN
¿Cuándo se es persona para la ciudad Romana?
-En la época Justinianea (235-527 d.C), Justiniano planteo que se puede considerar persona desde el momento  cuando este nace debe tener forma humana y también que haya sido desprendido del cordón umbilical.
-Antes de esta tesis que fue la que se mantuvo hubo dos teorías de los SABINIANOS Y PROCULEYANOS cada uno de estos planteó una tesis que se desarrolla a lo largo de este documento.




[1] Velez Pérez Fabián y Velez Paternina (2006).tesis proculeyana.19 de marzo
derecho-romano.blogspot.com/2006/03/las-personas.html



[3] Proculeyanos | La guía de Derecho http://derecho.laguia2000.com/derecho-romano/proculeyanos#ixzz2KkNCNI5N


[4] (2010, 12). Escuela Sabiniana Y Proculeyana. BuenasTareas.com. Recuperado 12, 2010, de http://www.buenastareas.com/ensayos/Escuela-Sabiniana-y-Proculeyana/1278551.html

miércoles, 13 de febrero de 2013

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS ENTRE CONSTANTINO Y TEODOSIO


SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS ENTRE CONSTANTINO Y TEODOSIO



Andrea K. Huertas Bernal

Constantino
Fundador de Constantinopla en lo que era la antigua ciudad griega de Bizancio, en la Iglesia ortodoxa se le venera como santo, y la Iglesia romana le considera un gran benefactor de los cristianos, religión que legalizó promulgando un edicto de tolerancia en el año 313 (Edicto de Milán). Los historiadores, desde Lactancio y Eusebio de Cesarea, hasta el día de hoy, presentan a Constantino como el primer emperador cristiano, aunque vivió como pagano y no se bautizó hasta encontrarse en su lecho de muerte, y se dice que sus colaboradores y allegados le temían tanto, que nadie se atrevió a tocar el cadáver hasta que hubieron transcurrido siete días desde el óbito.
Constantino gobernó el Impero Romano durante treinta años, hasta su muerte en Nicomedia (actual Izmir, Turquía) el 22 de mayo de 337. Tras haberse desembarazado de todos sus rivales políticos, Constantino convocó el primer concilio ecuménico en la ciudad asiática de Nicea (Bitinia, hoy en Turquía) en 325, que legalizó la práctica del cristianismo en el Imperio Romano y puso fin a las persecuciones. Esto fue esencial para la expansión de esta religión por toda la cuenca mediterránea.
A principios del siglo IV, el Imperio estaba dividido en dos mitades, una oriental y otra occidental, y gobernado por dos emperadores mayores o augustos, y dos emperadores menores o césares, que eran a su vez los sucesores reconocidos de los primeros.

Diocleciano y Maximiano eran los augustos, y Constancio Cloro (padre de Constantino) y Galerio, compartían el poder como césares. El joven Constantino sirvió en la corte de Diocleciano en Nicomedia tras el nombramiento de su padre como uno de los dos césares de la tetrarquía en 293. El año 305 marcó el final de la primera tetrarquía con la renuncia de los dos augustos, Diocleciano y Maximiano. De esta forma los dos césares accedieron a la categoría de augustos y dos oficiales ilirios fueron nombrados nuevos césares. La segunda tetrarquía quedaba así formada: Constancio Cloro y Severo II, como augusto y césar respectivamente, en Occidente, y Galerio y Maximino en la parte oriental del imperio, también como augusto y césar cada uno.
Sin embargo, Constancio Cloro cayó enfermo durante una expedición punitiva contra los pictos en Caledonia (actual Escocia), muriendo el 25 de julio de 306. Su hijo Constantino se encontraba junto a él en su lecho de muerte en Eburacum (actual ciudad de York, Inglaterra), en la Britania romana, donde su leal general Croco, de ascendencia germana, y las tropas leales a su padre le proclamaron augusto. Simultáneamente, el césar occidental, Severo II, era a su vez proclamado augusto por Galerio. Ese mismo año el Senado –según la vieja fórmula republicana– nombró césar a Majencio, hijo del anterior tetrarca Maximiano, y éste último regresó también a la escena política reclamando para sí el título de augusto. Después de las reformas administrativas de Constantino, se dio el nombre de vicario a los gobernadores de la mayoría de las diócesis, y ejercían su autoridad en ausencia de sus titulares, los prefectos del Pretorio.
En medio de este entorno convulso comenzaron a desaparecer candidatos: Domicio Alejandro fue asesinado por orden de Majencio; Maximiano se suicidó asediado por Constantino, y Galerio falleció por causas naturales. Majencio fue relegado por los tres augustos restantes y finalmente vencido por Constantino en la decisiva batalla del Puente Milvio, en las afueras de Roma, el 28 de octubre de 312. Una nueva alianza entre Constantino y Licinio selló el destino de Maximino que se suicidó tras ser vencido por éste en 313.
A partir de este punto el Imperio quedaba dividido entre Licinio, en Oriente, y Constantino en Occidente. Tras los enfrentamientos iniciales, ambos firmaron la paz en Sárdica en 317. Durante este periodo ambos nombraron césares según su conveniencia entre los miembros de su familia y círculo de confianza. En el 324, nuevos enfrentamientos terminaron con la victoria de Constantino sobre Licinio en Adrianópolis y Crisópolis.
Gobierno de Constantino
Constantino representa el nacimiento de la monarquía absoluta, introdujo  importantes cambios que afectaron a todos los ámbitos de la sociedad, además fue ser el primer emperador romano que permitió el libre culto a los cristianos.[i] “Asegurado el vínculo social, afirmadas las inteligencias en una religión pura, libre de los errores que constituía la pagana, capaz solo de dominar criterios raquíticos y corazones corrompidos”. Constantino entregó al papa Silvestre  un suntuoso palacio, construcción de iglesias y monasterios, impuso el dogma de la Santísima Trinidad, ejerció como predicador, mandó saquear todos los templos paganos de Grecia y trasladar sus más preciados tesoros a la nueva capital imperial,  además algunas leyes de Constantino, mejoraron aspectos de aquella época violenta como eliminar los combates de gladiadores  en el 325.
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[1] José María de Lara y Ortiz de Lanzagorta, (1861). Constantino: Sucesos memorables de Su Reinado e Influencia Que tuvieron en el Derecho. [En línea]. Universidad Central (Madrid). Pág. 117
El proyecto de Constantino de reparto del Imperio era exclusivamente administrativo, tuvo varios éxitos militares, recupero la mayor parte de la provincia de Dacia y fue el último vestigio del antiguo Imperio Romano de Occidente fenecido en el año 476, pero su principal preocupación era la unidad del Imperio. Finalmente fue sucedido en el Imperio por sus tres hijos.

Teodosio
Emperador romano que dividió el Imperio entre Oriente y Occidente e impuso el catolicismo como religión oficial. Combatió en Gran Bretaña bajo el mando de su padre adquirió experiencia; luego él defendió una provincia fronteriza frente a los sármatas. Pero se retiró a sus dominios en la actual Segovia tras la ejecución de su padre. En el 378 el emperador Graciano le encargo la defensa de Mesia frente a la invasión de los godos. Fue nombrado augusto con potestad en Oriente, en el 379 comenzando su reinado sobre aquella parte del Imperio. Venció a los visigodos y pactó con su rey Atanarico la instalación de este pueblo germánico en Mesia como aliados bárbaros del Imperio a los que se encomendaba la defensa de la frontera. Dio el título de augusto a su hijo Arcadio.
En Occidente Teodosio, que había reconocido la autoridad de Máximo, se alió luego con Valentiniano, e incluso emparentó con la familia imperial de Occidente, al casarse con Gala en el 387. Venció a Máximo en la batalla de Aquileya, extendiendo su autoridad a todo el Imperio, si bien mantuvo formalmente en el Trono occidental a Valentiniano II (388).
Teodosio era fiel a la doctrina de Atanasio, cristiano católico, adoptada como línea ortodoxa desde el Concilio de Nicea del 325.  Adoptó el catolicismo como religión del Imperio, por el Edicto de Tesalónica (390) prohibió el arrianismo. Su actitud conciliadora hacia los paganos inicial fue mayor, pues trató de mantener un equilibrio en su administración entre cristianos y paganos, al tiempo que se resistía a los intentos del clero cristiano por imponer su supremacía.
Su actitud cambió después de ser excomulgado por san Ambrosio, debido a la represión de la revuelta de Tesalónica (390). Así que hizo penitencia pública para obtener el perdón y, se convirtió en instrumento político de la intolerancia eclesiástica: prohibió los cultos paganos en Roma (391), medida que luego extendió a todo el Imperio (392).
El descontento creado a raíz de la persecución del paganismo genero la revuelta del usurpador Eugenio quien se adueñó de las Galias, Italia y África, dio muerte a Valentiniano II y se hizo proclamar emperador de Occidente (392). Teodosio estaba en Constantinopla, absorbido por los problemas de la frontera oriental, en donde acababa de negociar la paz con los persas y el reparto de Armenia.
Regreso a Italia, se enfrentó a Eugenio, le venció y le dio muerte, y restableció momentáneamente la unidad del Imperio, pues se proclamó oficialmente emperador de Oriente y de Occidente, (394).[1] Pero las diferencias entre los territorios occidentales controlados desde Roma y los territorios orientales controlados desde Constantinopla eran grandes como para que resultara viable la unidad.
Teodosio reconoció esta realidad y cuando murió al año siguiente, dejo la herencia imperial dividida entre sus dos hijos: en Oriente Arcadio y en Occidente Honorio, bajo la tutela de Estilicón. La división fue irreversible y permitió que, mientras el Imperio Romano de Occidente sucumbía después de ochenta años de crisis y penetración de los bárbaros, en Oriente se consolidara un Imperio Bizantino que habría de durar hasta 1453.
Diferencias
CONSTANTINO
TEODOSIO
Naissus, (c. 274-337 d.C.)
nació en Hispania (c. 346-395)
Emperador romano
emperador romano de Oriente y de Occidente
Hijo del Cesar Constancio Cloro
Hijo del general romano Teodosio
Fundador de Constantinopla capital del Imperio romano de Oriente
último hombre que dirigió un Imperio romano unido
Constantino era uno de los siete augustos, tomo posesión tras la desaparición de los otros y su victoria final contra Licinio.
Graciano, nombró a Teodosio para sustituir al emperador romano de Oriente, Valente tras su muerte.
El Imperio estaba dividido entre Licinio, en Oriente, y Constantino en Occidente pero se enfrentaban constantemente.
Reconoció al usurpador, Magno Clemente Máximo, como emperador de Occidente
Convertido al cristianismo, lo ase religión oficial de su imperio.
Hace del Cristianismo la religión oficial del Imperio
La política de Constantino no viene determinada por el cristianismo
Cierra las Escuelas de Filosofía pues las consideraba  enemigo vil de la prístina fe cristiana.
Sucesores Constantino II, Constancio II y Constante
Sucesores Arcadio en Oriente;
Honorio en Occidente
Augusto en Occidente (julio de 306 –312), oficialmente nombrado César por Galerio con Severo como Augusto, por acuerdo con Maximiano, rechazó la relegación a César en 309)
Augusto de Occidente sin disputa (312 – 324). Emperador del imperio (unificado 324 –337)
Emperador en el Oriente, con Graciano y Valentiniano II en Occidente(Agosto de 378 - 15 de mayo de 392);
todo el imperio (15 de mayo de 392 - 17 de enero de 395 )
Constantino ordenó la destrucción de todas las imágenes de los dioses y la confiscación de los bienes de los templos.
Durante la primera parte de su gobierno, Teodosio había verbalizado su apoyo a la conservación de templos o estatuas paganas como edificios públicos útiles.

Semejanzas
Realizo alianzas
Teodosio negoció con los godos un tratado de paz favorable
Después de su plena legalización, en el año 314, la Iglesia cristiana ataca a los paganos: en el Concilio de Ancyra, se denuncia el culto a la diosa Artemisa.
A principios de su reinado, Teodosio era bastante tolerante con los paganos, con el tiempo, erradicaría los últimos vestigios de paganismo con gran severidad.13 Su primer intento de dificultar el paganismo fue en 381 cuando reiteró la prohibición de Constantino del sacrificio.
Ya en 319 había prohibido la construcción de nuevas estatuas de los dioses y que se rindiera culto a las existentes. Muchos templos paganos fueron destruidos por las hordas cristianas y sus sacerdotes fueron asesinados.
En 388 envió un prefecto a Siria, Egipto, y Asia Menor con el propósito de disolver asociaciones paganas y destruir sus templos.
Dinastía Constantiniana
Dinastía Teodosiana

BIBLIOGRAFIA
·         Programa xuletas clasificación Lengua y literatura bachillerato (2008, 18 de Noviembre). El imperio cristiano Constantino y Teodosio [en línea]. Disponible en: http://www.xuletas.es/ficha/el-imperio-cristianoconstantino-y-teodosio/ [2013,2 de febrero].
·         Pérez Omister, Antonio (2011, 3 de mayo). Constantino, el creador de la Iglesia católica fue un emperador pagano que gobernó con mano de hierro. Diario siglo XXI [en línea]. Disponible en: http://www.diariosigloxxi.com/texto-diario/mostrar/70438/constantino-el-creador-de-la-iglesia-catolica-fue-un-emperador-pagano-que-goberno-con-mano-de-hierro  [2013,2 de febrero].
·         José María de Lara y Ortiz de Lanzagorta, (1861). Constantino: Sucesos memorables de Su Reinado e Influencia Que tuvieron en el Derecho. [en línea]. Universidad Central (Madrid). Facultad de Derecho. Disponible en: http://books.google.com.co/books?id=VYrQUrqFCz8C&printsec=frontcover&dq=constantino&hl=en&sa=X&ei=EmANUaDDApHi9gS754DoBw&ved=0CCcQ6AEwAA [2013,2 de febrero].
·         Esprit Fléchier, José Francisco de Isla, (1783). El héroe español: Historia del emperador Teodosio el Grande, Volumen 1. [en línea].Taylor Institución. Disponible en: http://books.google.com.co/books?id=d7EGAAAAQAAJ&printsec=frontcover&dq=teodosio&hl=en&sa=X&ei=fWcNUYvqCIOs8QSNw4GwBQ&ved=0CEUQ6AEwBA [2013,2 de febrero].
·         Slideshare (2010, 9 de septiembre). Explicación normas APA para trabajos escritos [en línea]. Disponible en: http://www.slideshare.net/rdcardenas75/explicacion-normas-apa-para-trabajos-escritos [2013,2 de febrero].
·         Slideshare (2012, 4 de enero). Modelo APA Bibliógrafa [en línea]. Disponible en: http://www.slideshare.net/anafenech/modelo-apa-bibliografia [2013,2 de febrero].
·          


[1] Esprit Fléchier, José Francisco de Isla, (1783). El héroe español: Historia del emperador Teodosio el Grande, Volumen 1. [en línea]. pag20